E. FIRMA RENOVACIÓN Y REVOCACIÓN DE PERSONAS FÍSICAS

A continuación en el archivo conseguiremos información importante y útil acerca de la e.firma renovación, principalmente ¿Qué es? ¿Cuál es el procedimiento para la renovación? Y a su vez ¿Cómo podemos revocar las personas físicas la e.firma?

E firma revocación

e. firma renovación ¿Qué es?

Con la intención de que las personas puedan renovar su e.firma el SAT habilito en el mini sitio SAT ID la opción de poder renovar la e.firma o firma electrónica (FIEL), para los contribuyentes que sean exclusivamente personas Físicas y que tengan vencido su certificado con el cual pueden realizar diferentes actividades ante el SAT y generar su Certificado de Sello Digital para poder realizar  comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI).

Si aún no vence la e.firma tanto de una Persona Moral o Física, es importante tener en cuenta que esta puede renovarse en la página del SAT, sin la necesidad de tener que usar el aplicativo de SAT ID o acudir con cita personal al SAT.

A causa de la emergencia sanitaria que se vive por la aparición de la pandemia de COVID-19, el servicio de citas del SAT presenta complicaciones o no hay personal para poder atender trámites en las diferentes oficinas del Servicio de Administración Tributaria.

 El SAT no tiene citas para los contribuyentes que necesiten realizar algún trámite o para nuevos contribuyentes, por problemas ante el covid-19. El 9 de junio de 2020 se publicó en la página del SAT la 2da modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020 (versión anticipada), donde se modifica la regla 2.2.14 “Requisitos para la solicitud de generación o renovación del certificado de e.firma”, la cual se alteró para permitir la renovación de la e.firma a través del servicio SAT ID y que dicho trámite en línea se considera como si el contribuyente hubiera comparecido personalmente. De esta forma se evita que el contribuyente tenga que asiste a la oficina del SAT.

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E.firma renovación y revocación de personas 

Para la revocación tu e.firma deberás responder las preguntas que le realice la autoridad, relacionadas con tu estado fiscal y en caso de no acreditar tu identidad, domicilio y en general su situación fiscal en el trámite de renovación del Certificado de e.firma, se te proporcionará el “Acuse de requerimiento de información adicional, relacionada con su situación fiscal en el cual se informa que la autoridad requiere aclarar tu situación fiscal del contribuyente o en su caso del Representante Legal.

Deberán presentar la aclaración prevista en la ficha de trámite 197/CFF «Aclaración en las solicitudes de trámites de Contraseña o Certificado de e.firma”  del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente. Una vez concluido el trámite el Certificado Digital de e.firma anterior y su determinada clave privada, no tendrán ninguna validez para firmar documentos electrónicos o acceder a las actividades disponibles con Certificado de e.firma, por lo cual se deberán utilizar los nuevos archivos.

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Por su parte en el caso de las Personas Físicas con representación, el Representante Legal deberá reafirmar bajo protesta de decir verdad que continúa con el nombramiento mediante el manifiesto que le será proporcionado al momento de realizar su debido trámite.

Revocación

Por otro lado el proceso para la revocación lo puedes realizar mediante este link https://www.sat.gob.mx/tramites/16659/revoca-tu-certificado-de-e.firma-(antes-firma-electronica)  Da clic en iniciar, luego procederás ingresar tu firma electrónica avanzada (e.firma), luego selecciona con el puntero Revocación de certificado. Te saldrá para que puedas colocar tu certificado activo. Casi para finalizar ingresa los datos de tu e.firma vigente. Con esto ya habrás revocado  tu certificado con éxito. Por ultimo imprime y resguarda tu acuse.

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