Un certificado digital de persona jurídica es muy parecido al de una persona física, aunque en algunos casos se recogen más datos o se sitúan en lugares distintos. Para dar una definición académica pero entendible, podríamos definirlo como aquel certificado que se emite a una entidad que actuará por medio de un representante.
¿Quién puede solicitar este certificado?
Según la letra inicial del NIF de su entidad pueden solicitar este tipo de certificado: Las sociedades que tengan como administrador único/solidario a otra sociedad.
- A y B: Las sociedades anónimas y limitadas, si el representante de la sociedad es mancomunado, apoderado, socio único, presidente, consejero, consejero delegado solidario, administrador conjunto, liquidador y tiene poderes específicos de representación que le permitan obtener este tipo de certificado.
- C: Sociedades colectivas.
- D: Sociedades comanditarias.
- F: Sociedades cooperativas.
- G: Asociaciones L.O. 1/2002, fundaciones, partido político, sindicato, asociación de consumidores y usuarios, organización empresarial, federación deportiva, otras asociaciones distintas de las anteriores con personalidad jurídica.
- J: Sociedades civiles.
- N: Entidades extranjeras con personalidad jurídica, EO procedente EORI, In procedente IVA no establecidos, NR procedente no residentes 210, sociedades anónimas europeas, sociedades cooperativas europeas, corporación, asociación o ente con personalidad jurídica con presencia en España, embajadas, consulados u oficina comercial España.
- Q: Organismos públicos.
- R: Congregaciones e instituciones religiosas.
- S: Gobiernos de las CC.AA.
- P: Ayuntamientos o diputaciones.
- V: Sociedad agraria en transformación, agrupación de interés económico, agrupación europea de interés económico.
¿Cómo puedo obtener el certificado como persona jurídica?
El proceso de obtención del certificado de representante de persona jurídica se divide en cuatro pasos, que deben realizarse en el orden señalado:
1.- primer paso “Configuración previa”. Para solicitar el certificado es necesario instalar el software que se indica en este apartado.
2.- Segundo paso “Solicitud vía internet de su Certificado” al finalizar el proceso de solicitud, recibirá en su cuenta de correo electrónico un Código de Solicitud que le será requerido en el momento de acreditar su identidad y posteriormente a la hora de descargar su certificado.
3.- Tercer paso “Acreditación de la identidad en una Oficina de Registro”, compruebe en este apartado la documentación necesaria a aportar. Deberá personarse con su Código de Solicitud en las Oficinas de Registro de la Agencia Tributaria, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, o de la Comunidad Foral de Navarra.
4.- El cuarto paso y último es la Descarga de su Certificado, una vez acreditada su identidad en una Oficina de Registro y haciendo uso de su Código de Solicitud, desde aquí podrá descargar e instalar su certificado, así como realizar el pago y realizar una copia de seguridad (RECOMENDADO).
Una acotación importante es que el precio de este certificado es de 14 Euros, impuestos no incluidos, y se emite con un periodo de validez de 2 años. Sólo se admite el pago con tarjetas crédito/débito.
Que puedo hacer con un Certificado Digital de persona jurídica
El Certificado Digital de una entidad permite numerosos trámites de cara a cualquier Administración Pública y cada día se incorporan más, por lo que desde las 24 horas del día y los 365 días del año podemos realizar gestiones con dichas Administraciones desde cualquier dispositivo en el que tengamos instalado el Certificado Digital. Cabe señalar que el Certificado Digital sustituye a nuestra firma manuscrita por lo que es muy importante que se haga un buen uso de ella y que sólo debería utilizarla la persona que ostenta la representación de la entidad ya que todo lo que se realice con ese Certificado Digital será realizado a todos los efectos por esa persona.
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